La AEPD recuerda que escanear el DNI de los clientes vulnera la normativa de protección de datos y puede acarrear multas de hasta 9.000 euros
Escanear el Documento Nacional de Identidad (DNI) o el pasaporte en el momento del registro en un hotel es una práctica ilegal en España. Aunque muchos establecimientos la han normalizado para agilizar trámites, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha confirmado que está terminantemente prohibida.
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